Sistemas de exclusión publicitaria: la Lista Robinson

A menudo, nos vemos abrumados por el volumen tan elevado de llamadas y mensajes de correo electrónico de empresas que desean ofertarnos sus productos o servicios sin haber sido autorizados para ello. En ocasiones, estas llamadas se producen a horas inadecuadas, bien sea por descanso o por justo lo contrario, estar trabajando. Sin embargo, hay una manera de frenarlas y, además, tiene un nombre: Lista Robinson.

¿En qué consiste la Lista Robinson?

Desde la publicación de la nueva LOPDGDD (y la RGPD) las empresas están obligadas a consultar los sistemas de exclusión publicitaria tal y como indica el artículo 23 de la misma “Las empresas que pretenden realizar comunicaciones de mercadotécnica directa deben consultar los sistemas de exclusión publicitaria previamente, excluyendo así, de sus comunicaciones los datos de los afectados que hubieran manifestado su oposición o negativa a las mismas”.

Pese a que esta Ley fue aprobada recientemente, la Lista Robinson lleva en activo desde 1993, año en que fue creada por la Federación de Comercio Electrónico y Marketing Directo (FECEMD) que posteriormente pasó a llamarse Adigital (Asociación Española de Economía Digital), nombre con el cual continúa su actividad.

Por tanto, la Lista Robinson, que debe su nombre a la famosa historia de Robinson Crusoe, tiene como objetivo poner freno a la cascada de llamadas y envíos publicitarios no solicitados aprovechándose de la legislación vigente. Eso sí, el usuario deberá registrarse para manifestar su expreso deseo de no recibir este tipo de comunicaciones, de lo contrario, las empresas tendrán manga ancha para realizarlas.

Actualmente esta lista cuenta con más de 700.000 usuarios y sus cifras aumentan en torno al 40% de anualmente.

Para formar parte de ella tan sólo hace falta seguir los pasos de su web, eso sí, deberás ser mayor de 14 años o tutor del menor e introducir los datos que te solicitan tales como DNI, nombre y apellidos, dirección de correo electrónico, etc. Una vez finalizado el formulario, solo debes esperar unos dos meses para que tenga validez total y, de esta manera, dejes de recibir publicidad a través de diferentes canales de tu elección.

¿Qué tipos de publicidad nos evita la Lista Robinson?

Una vez dentro del panel de gestión de cuenta podrás ver que existen diferentes opciones para seleccionar los medios a través de los cuales no deseas recibir publicidad: teléfono, correo electrónico y postal, además, existe la opción de establecer sectores de los cuales no se quiera recibir ningún tipo de información, como financiero, energía, telecomunicaciones…

Si, además, posees varias direcciones o números de teléfono, puedes añadir tantos como desees de tal manera que la protección ante este tipo de campañas aumente.

En cuanto a los tipos de publicidad que puede evitarnos esta Lista, debemos antes diferenciar entre los tipos de comunicaciones que podemos recibir.

En primer lugar, dentro de las campañas telefónicas, podemos encontrar diferentes tipologías, dependiendo de los fines que persiga la empresa anunciadora:

  • Publicidad telefónica general: llamadas con el fin de lograr vender productos o servicios.
  • Remarketing: llamadas a exclientes buscando que vuelvan a contratar algunos servicios.
  • Robocalls: llamadas en las que toda la parte inicial es llevada a cabo por una máquina y en caso de que el cliente esté interesado, la llamada pasará a un operador.
  • Estafa telefónica: al igual que en el phishing, se harán pasar por una empresa conocida mediante una llamada formal, con el fin de que el usuario le facilite datos de tipo bancario o similar.
  • SMS: a pesar de ser cada vez menos utilizada, algunas empresas contactan con sus clientes mediante este canal, para ofrecer o mostrar sus servicios.

Si hablamos de correos electrónicos, son similares a los métodos telefónicos, a pesar de ser comunicaciones unidireccionales, en la mayoría de los casos:

  • Newsletter: mediante estos envíos se informa a los usuarios de novedades en cuanto a productos o la propia compañía. Actualmente se necesita una autorización expresa de envío para poder recibirlas.
  • Remarketing: al igual que pasaba con el teléfono, las empresas utilizan esta vía para reconectar con antiguos clientes o usuarios que se han interesado en sus servicios.
  • Spam: se trata de envíos masivos sin el consentimiento del usuario. Es ilegal en nuestro país, pero a pesar de ello es muy utilizada.
  • Phishing: como ocurría con la estafa telefónica, se crean Emails de apariencia “oficial” de una empresa con el fin de recabar los datos de los usuarios, normalmente personales o fiscales.

Herramientas y técnicas similares

Existen otras técnicas que pueden ayudarte a frenar este tipo de publicidad. En el caso de las llamadas telefónicas podemos servirnos de nuestro propio dispositivo para bloquear los números de teléfono desde los que se realizan estas llamadas.

Así mismo, nuestro operador de telefonía deberá bloquear los números de teléfono que le indiquemos a fin de, de alguna manera, dejemos de recibir este tipo de llamadas.

En cuanto a los correos electrónicos, lo primero que deberemos hacer es buscar, en el pie del mensaje, siempre que no sea de phishing, el link de “unsuscribe” o “darse de baja” para dejar de recibir envíos de esa compañía.

En cuanto a herramientas, podemos encontrar listas similares pero que se usan para otros fines como la Lista Viernes, que surge debido a la nueva normativa que permite a los partidos políticos crear bases de datos a fin de enviar propaganda electoral. En ella podremos introducir nuestros correos electrónicos y teléfonos a fin de no recibir más estos envíos.

¿Y si, a pesar de todo, sigo recibiendo publicidad?

Si han pasado más de dos meses desde que te diste de alta en el sistema de la Lista Robinson, pero sigues recibiendo comunicaciones no autorizadas, sólo te queda una opción, denunciar en la Agencia Española de Protección de datos (AEPD).

Como hemos indicado, la legislación indica que las empresas deben consultar los sistemas de exclusión antes de hacer sus envíos o llamadas. Sin embargo, esto sólo funciona cuando el usuario se ha adherido a estos sistemas y no ha autorizado expresamente el envío a la empresa. Esto mismo ocurre si el usuario tiene un contrato activo con la empresa anunciadora.

En este último caso, el usuario tiene derecho a pedir a la empresa, con la cual tiene un contrato, que no se realicen comunicaciones comerciales. Por tanto, si es tu caso, ponte en contacto con la compañía y ejerce tu derecho a la rectificación de datos.

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